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¿Cómo implementar o cumplir con el Régimen de Medidas Mínimas SAGRILAFT?

AML Blog Régimen de Medidas Mínimas SAGRILAFT
Las Empresas Obligadas deberán gestionar el riesgo relacionado con Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM).

 

Este riesgo debe ser gestionado teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

 

·     Materialidad del riesgo,

·     tipo de negocio,

·     tipo de operación,

·     tamaño de la operación,

·      ubicación geográfica,

·     otras características particulares de su actividad, y

·     el perfil de sus Contrapartes.

 

El representante legal de la Empresa será el encargado de Supervisar y verificar el cumplimiento del Régimen de Medidas Mínimas.

 

Las Empresas deben realizar las siguientes actividades:

 

1.      Instruir a los empleados y asociados sobre los Riesgos LA/FT/FPADM, por lo menos una (1) vez a al año;

2.     Comunicar y divulgar, a través del representante legal, las acciones que la Empresa adoptó para prevenir y mitigar los Riesgos LA/FT/FPADM;

3.     Identificar a la Contraparte y verificar su identidad;

4.    Identificar al Beneficiario Final de la Contraparte y tomar acciones para verificar su identidad;

5.     Conocer la estructura de propiedad de la Contraparte.

6.     Entender y obtener información sobre el propósito y el carácter que se pretende dar a la relación comercial con la Contraparte;

7.     Realizar Debida Diligencia continua y examinar las transacciones.

8.     Disponer de registros y documentos de soporte de la ejecución e implementación del Régimen de Medidas Mínimas;

9.     Reportar ante la UIAF y poner en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, en el evento en que se identifique o verifique cualquier bien, Activo, Producto, fondo derecho de titularidad a nombre o bajo la administración o control de cualquier país, persona o entidad incluida en las Listas Vinculantes.

10.  Definir, adoptar y monitorear acciones y herramientas para la detección de Operaciones Inusuales y Operaciones Sospechosas, así como el reporte efectivo a la UIAF;

11.    Registrar al representante legal en el SIREL y responsabilizarlo para que sea el responsable de presentar a la UIAF los ROS y demás reportes; y

12.  Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información emitidos por la Superintendencia de Sociedades.

Fuente: https://supersociedades.gov.co/web/nuestra-entidad/cap-10-autocontrol-y-gestión-del-riesgo-integral

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