El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en su segunda recomendación de cooperación y coordinación nacional sugiere que los países deben contar con políticas para el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva a escala nacional, que tengan en cuenta los riesgos identificados, los cuales deben ser sometidos a revisión periódica.
Para ello, Colombia adoptó instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el favorecimiento de estas conductas promulgando la ley 1762 en 2015 y estableció seguimiento por parte del Congreso de la Republica a los informes anuales cuantitativos y estadísticos emitido por Consejo Superior de Política Criminal que incluye recomendaciones en materia legislativa, administrativa y jurisdiccional sobre la evolución, prevención y detección del lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en el país.
La recomendación dada por Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) también establece mecanismos eficaces de intercambio de información a nivel interno en el desarrollo e implementación de políticas y actividades para combatir los riesgos identificados, para ello Colombia instituyo la comisión interinstitucional de lucha contra el contrabando encargada de construir y dictar las políticas, formular directrices y generar estrategias de educación, prevención, detección y análisis.
Dicha comisión está compuesta por miembros a nivel de formulación de políticas como operacional quienes son autoridades de orden público, servidores y otras autoridades competentes relevantes quienes son los garantes de la suscripción de protocolos de cooperación eficaz e intercambio de información interinstitucional en todo el país y sus miembros son:
· Director general del Departamento de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). · Director general de la Policía Nacional. · Fiscal General de la Nación. · Ministros del ministerio de comercio, industria y turismo, relaciones exteriores y agricultura y desarrollo rural. · Superintendentes de puertos y transporte e industria y comercio. · Director de la Unidad de Información y análisis financiero (UIAF) · Cuando sea necesario otros miembros como director del INVIMA, DIMAR, Aeronáutica civil e ICA. · Gobernadores.
Además, el país para garantizar la adopción de medidas creo la Unidad de Información y análisis financiero (UIAF) quien tiene como objetivo centralizar, sistematizar y analizar mediante actividades de inteligencia financiera la información recaudada a escala nacional.
Dentro de esta recomendación los países también deben implementan normas de protección de datos, y para ello Colombia como miembro fundador del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) implemento la ley 1581 de protección de datos desde el año 2012. |
Fuentes:
- FATF. (2022). FAFT. Obtenido de FAFT: https://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/recommendations/pdfs/FATF%20Recommendations%202012.pdf
- Ley 1762 de 2015. (06 de 07 de 2015). Sistema único de información normativa. Obtenido de Sistema único de información normativa: https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/30019936