
Recomendación GAFI 20: Controles idóneos que permitan la identificación y reporte de actividades sospechosas
La vigésima recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) establece que en caso de tener razones suficientes para sospechar que la actividad, transacción o relación comercial son producto de actividades criminales o se encuentran relacionados con financiamiento al terrorismo, se debe exigir según la ley, un reporte con prontitud a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).